lunes, 17 de febrero de 2014

Imputan a vecinos de Naiguatá que protestan polución de río


Tomado de eluniversal.com

Los acusan de difamación e injuria por denuncias realizadas en 2013


NADESKA NORIEGA ÁVILA |  ESPECIAL PARA EL UNIVERSAL
lunes 17 de febrero de 2014  12:00 AM

La Guaira.- En mayo del año pasado, un grupo de vecinos de Naiguatá hizo público, a través de fotografías y videos, lo que ellos calificaron como "un crimen ecológico", la intervención de la cuenca del río Naiguatá por parte de una cantera administrada por la empresa del gobierno regional, Desarrollos Mineros de Vargas (Demivargas) en alianza con la empresa de capital portugués Teixeira-Duarte.

Hubo reuniones, asambleas y pronunciamientos de Min Ambiente que negaron la contaminación. También hubo acuerdos y hasta la conformación del Comité por la Vida y el Ambiente en Naiguatá, en donde vecinos, sin importar la tolda política, se unieron para garantizar el cumplimiento de los acuerdos y seguir luchando por la calidad del agua del dique que funciona en el río.

Sin embargo la posición asumida por estos vecinos, que acudieron a los medios y a las asambleas ha traído consecuencias. La ultima de estas una demanda por difamación e injuria, por las denuncias presentadas. 

"Nos están señalando y amedrentando. Se han dedicado a repartir volantes donde nos califican de "ecoterroristas", de vendidos y todo por defender el ambiente y la cuenca. Ahora nos demandan por difamación, por injuria y por intentar un supuesto ataque a la cantera. Nosotros no inventamos las enfermedades, tampoco inventamos el color marrón del agua que llega a cada casa y tampoco inventamos el deterioro de la canalización" indicó la dirigente del PSUV en Naiguatá, Zulay Molina, quien además es vocera del consejo comunal del barrio Las Tucacas e incluso es representante del Consejo Federal de Gobierno en la Parroquia Naiguatá. 

No importa ser oficialista

Además de Molina, otras dirigentes sociales como Egnia Hernández y Maribel Merola también fueron demandadas y expuestas al escarnio comunitario por alzar la voz.

"En las primeras de cambio quisieron desvirtuar nuestra lucha haciendo ver que era un tema "político", pero cuando vecinos de Naiguatá del propio oficialismo se unieron porque se dieron cuenta que está en juego la salud del pueblo, no les quedó de otra que atacar a su propia gente, porque quienes dirigen la cantera no les importa el daño a la cuenca y el daño a los habitantes, sino el negocio" expone Merola, asegurando que la situación y el riesgo por la explotación de la cuenca no ha mejorado.

Merola agrega que es una verdadera lástima que el sistema de justicia sea utilizado como un medio intimidatorio. "nos han hecho saber que esto no continuará si nos callamos a boca. Eso no pasará. Tenemos temor, pero no podemos ceder ante el abuso".

Explican los vecinos que hoy es más difícil subir a la cantera, pues está custodiada. "Dicen que por seguridad, pero es para evitar que se tomen fotos, que se grave cualquier daño. Aquí muchos están en desacuerdo con la cantera, pero no lo dicen para que no afecte la relación con la Gobernación y se les deje de dar ayudas" cuenta el vecino Cosme Domínguez.

Los dirigentes demandados están en estos momentos recolectando firmas que serán introducidas como elementos de defensa, en momentos en que en Naiguatá también aparecen peces muertos en la costa. 

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Mi comentario: Este es el signo de nuestros tiempos en Venezuela, la criminalización de la protesta, el disenso y la . Quizás en cualquiera de los temas que nos competen a los ciudadanos necesitamos defender nuestra Constitución que parece totalmente olvidada. Así que reiteramos alguno de sus artículos porque es una obligación de todos defenderla y hacerla valer:

Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.

La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.

Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.

Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.

Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.

Los subrayados son míos, las violaciones a estos artículos son de otros, Obviamente no del pueblo de Naiguatá

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